Descripción
La Secretaría de Minería ha emitido la Resolución 66 que establece la obligatoriedad de identificar todos los vehículos utilizados en la actividad minera en Salta. La medida entrará en vigor el 1 de septiembre.
«Los vehículos automotores deben contar con un logotipo de identificación en ambas puertas delanteras o en los lugares que garantice su visibilidad, conforme a las siguientes características: a) El logotipo consistirá en un círculo fluorescente de no menos de cuarenta (40) centímetros de diámetro. b) Sobre el círculo, en color negro, se consignará el nombre de la empresa minera, contratista y el “proyecto minero” al cual está afectado. c) El logotipo deberá poseer características de durabilidad adecuadas al tipo de uso del vehículo», expresa el artículo 3 de la Resolución.

